#7 Todo sobre la deducción fiscal por donativos
Publicada el 18 de diciembre de 2025
Hablamos sobre la deducción fiscal por donativos en España.
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Bienvenidos al podcast de Ayuda Efectiva. Soy Pablo Melchor.
Y yo soy Joan Montoya. Y en este podcast hablamos sobre las formas más efectivas de ayudar a los demás.
Hola, Joan.
Hola, Pablo. Estamos ya en diciembre, ya se acercan fechas navideñas, fin de año, y mucha gente dona ahora, y mucha gente también se hace preguntas sobre la deducción: igual hoy es un buen día para hablar sobre ello.
Sí, la verdad es que lo primero es que la deducción fiscal es una gran desconocida. Mucha gente no sabe que donar te puede costar muchísimo menos de lo que parece, porque Hacienda te devuelve una buena parte de lo que donas en tu declaración. Y muchas veces protestamos sobre los impuestos en España, pero realmente la deducción fiscal está muy bien. Y creo que es muy importante que la gente la conozca, porque hay determinadas cantidades que yo diría que casi es obligatorio donar por lo bien que te sale.
Sí, totalmente. Es como el mínimo, casi debería ser basándose en eso. Quizás antes de empezar a hablar sobre ello, hacemos un aviso.
Sí, esto es importante. A ver, nosotros vamos a dar la información lo mejor que podemos, lo hemos estudiado, pero aún así los temas fiscales son muy delicados. Entonces, yo recomiendo a cualquier persona, sobre todo si se plantea hacer una donación significativa, que consulte con un fiscalista. Nosotros no lo somos. Damos esta información porque pensamos que es especialmente útil, pero esa consulta y esa verificación puede ahorrar muchos problemas y es algo que recomendamos encarecidamente.
Correcto. Además, también hay diferencias geográficas, dependiendo de la comunidad autónoma o la región.
Exacto. En España, sobre todo, existen los regímenes forales y una de las cosas que cambia es precisamente la deducción fiscal. Entonces, en este episodio vamos a hablar del caso más general, de lo que se llama el régimen común. Pero para la gente que viva en cualquiera de las provincias de Euskadi, País Vasco o en Navarra, esta cuestión de los regímenes forales es esencial porque las condiciones cambian.
Exacto. Bueno, vamos a ello. Decir también que tenemos una página donde explicamos todo y están ahí las cifras, incluiremos también en el enlace a este podcast, y es ayudaefectiva.org/deduccion. Como hemos dicho, hablamos sobre el caso general, que no aplica los de los gímenes forales. Entonces, aquí podemos empezar explicando que hay que diferenciar entre particulares y empresas.
Sí, esto es algo que también mucha gente no sabe, pero las deducciones son aplicables tanto a particulares en el impuesto de la renta, el IRPF, como a empresas en el impuesto de sociedades. Y en los dos casos son muy interesantes. Y vamos a empezar hablando, como has comentado, por particulares. Lo primero que hay que saber es que los 250 primeros euros que donas a ONG o fundaciones, siempre que cumplan unos requisitos, tienen una deducción del 80%. Esto en la práctica significa que donar 250 € te cuesta 50. Si traducimos esos 50 en términos mensuales, es una cantidad ridícula. Entonces, por eso decíamos al principio que, oye, dona 250 € como mínimo si no estabas donando nada, porque no te va a costar nada y el impacto de esa donación puede ser muy grande, sobre todo si se destina a programas efectivos. Entonces, insisto, de los primeros 250 € que donas a ONG o fundaciones, Hacienda te devuelve el 80%, con lo que tu coste real es solo de 50 €.
Si hacemos el ejercicio y lo pasamos a mensual, sería 20 € al al mes son 240 al año, entonces más o menos aplicaría el 80%. Y los 20 al mes, el 80%, significa que serían 4 €.
De coste, sí, de coste. Exacto. Entonces, Yo diría que ese es el importe mínimo a donar prácticamente por cualquiera, porque el coste, como decíamos, es ridículo. Hay que tener en cuenta que esta deducción no es de 250 € por cada ONG fundacional a la que donas, sino que es una única vez. Es los 200 150 primeros euros que donas a ONG o fundaciones, no se aplica por cada una.
Buen punto.
Exacto. A partir de ahí, importes adicionales, deducción general del 40%. Esto significa que lo que tú donas te cuesta un 40% menos de lo que parece, por encima de esos 250 €. Por ejemplo, si donas 1000 € a ayuda efectiva y todavía no donabas a ninguna otra ONG fundación, tu coste va a ser de solo 500. Y si donas 1000 € de vida efectiva, pero ya donabas a otras, más de esos primeros 250 € de los que hemos hablado, tu coste sería de solo 600, te ahorrarías 400 € que te devolvería Hacienda en la declaración de IRPF. Entonces, realmente esta es una deducción muy buena a Hacienda Trata el dinero que donas como si no lo hubieras ingresado. Además, si mantienes o incrementas tus donaciones a la misma ONG o fundación durante tres años consecutivos, y esto de consecutivos es importante, tu deducción pasa a ser del 45%, sobre todo los importes por encima de 250 €, en lugar del 40%. Digamos que Hacienda premia la lealtad o la constancia en las donaciones. Aquí sí que es muy importante esta idea de que tienen que ser tres años consecutivos motivos. Si, por ejemplo, yo dono una misma cantidad dos años, pero el tercero dono menos, el contador se pone a cero.
Y para poder llegar al 45%, tendría que, de nuevo, empezar con una cantidad que se mantenga o incremente durante tres años seguidos.
Y en este caso, sí que esto aplica para cada ONG por separado, ¿no?
Exacto, esto sí que aplica para cada ONG por separado, como dices.
Entonces, si una persona ha donado tres años seguidos, ha mantenido la cantidad la ha ido aumentando, tiene un 5% más de deducción fiscal. Y aquí, para los donantes de ayuda efectiva, en su cuenta les mostramos cuánto tendrían que donar adicionalmente, si aún no han llegado a esa cifra.
Exacto. Personalizamos los cálculos para cada uno de nuestros donantes para ponerles lo más fácil posible que aprovechen al máximo este beneficio de la deducción fiscal.
Sí, algunos donantes nos han dicho que le resulta muy útil. Nos alegra oír esos comentarios.
Por supuesto. La última consideración importante es Porque la base de cálculo de la deducción, la cantidad que opta a deducciones, tiene un límite, que es del 10% de tu base liquidable. La base liquidable es un término técnico en la declaración de la renta, que básicamente es tus ingresos Menos ingresos de todo tipo, del trabajo, ganancias patrimoniales, menos las pérdidas que puedas compensar, todos los ingresos, tanto del trabajo como del ahorro, menos las reducciones a las que tengas derecho, por ejemplo, por planes de pensiones. Pero Para entendernos sin entrar en demasiado detalle, las deducciones se aplican básicamente hasta el 10% de tus ingresos. Poca gente dona más de un 10% de sus ingresos, con lo que en general, prácticamente para todo el mundo, todo lo que donen tendrá derecho a la deducción. Pero bueno, sí es importante tener esto en cuenta. Si donas más de un 10% de tus ingresos, lo que donas por encima de ese límite ya no te da derecho a la deducción.
Y siguiendo en particulares, hay un par de puntos más a tocar, sobre todo para no residentes.
Sí, y esto también es interesante. Para personas no residentes, pero que tengan rentas, obtengan rentas en España, la deducción también es aplicable en el impuesto sobre la renta de las personas físicas no residentes. Entonces, que sepan que esa deducción es aplicable, con lo que se ingresan en España y donan en España, se beneficiarán de la deducción. Y la otra pregunta bastante habitual es la de extranjeros que están residiendo en España bajo la famosa ley en la ley Beckham. Las deducciones, en general, que en ley Beckham no tienes derecho a deducciones, pero hay una excepción explícita para las deducciones por donativos, con lo que sí, si estás en España bajo la ley Beckham, tienes derecho a la deducción por donativos.
Vale. Está bien saberlo. Y desde el punto de vista del donante, ¿qué tiene que hacer para asegurarse de que obtiene esta deducción fiscal?
Tenemos todo muy automatizado. Básicamente, como funciona esto, es nosotros, a principios del ejercicio, Por ejemplo, en el próximo mes de enero, comunicamos a Hacienda el total de todas las donaciones que hemos recibido por cada donante, indicando, además, si tienen derecho al beneficio extra por recurrencia. Esos donantes de los que hablábamos, que llevan tres años manteniendo o incrementando sus donaciones. Para esto es muy importante que tengamos los datos correctos. De hecho, mandamos un email para confirmarlo al principio, porque tener el NIF correcto, el nombre y los apellidos correctos, la provincia de residencia o el país correctos, es esencial para que la donación se aplique sin ningún problema. Entonces, una vez que nosotros hemos comunicado esos datos a Hacienda, Hacienda ya los incorpora al borrador de declaración o los datos fiscales descargables por el contribuyente, con lo que digamos que toda esa información va a estar ya precargada en los datos necesarios para hacer la declaración de la renta. En cualquier caso, también enviamos a principios de año, a finales de enero, un certificado anual de donaciones a cada donante, que sería el justificante que puede presentar si en cualquier momento Hacienda pidiera cualquier explicación. Es algo muy poco habitual.
De hecho, no hemos tenido ningún caso en que un donante haya tenido que presentarlo, pero esa justificación queda ahí para que Hacienda pueda comprobar en cualquier momento que efectivamente hay un documento que justifica el derecho a la deducción.
Dices finales de enero, no sé si es a veces la primera semana de febrero, no sea que alguien después lo espere antes de ahora, pero bueno, ahí a principios de año se lo mandamos y también está, se lo pueden descargar en cualquier momento a partir de esa fecha en su cuenta.
Perfecto, sí.
Vale, ¿pasamos a empresas entonces? Venga, perfecto. ¿Hay muchas diferencias.
Hay algunas diferencias. En primer lugar, No existe, como las empresas en general se presupone que van a donar cantidades mayores, no existe ese beneficio extra para los 250 primeros euros donados, sino que directamente la deducción empieza en el 40%. Entonces, las empresas se deducen un 40% de lo donado en el impuesto de sociedades, pero en el caso de que mantengan o incrementen sus donaciones durante tres años consecutivos, la deducción se incrementa al 50%. Es la más alta de las deducciones. Básicamente, entonces, a las empresas donar les cuestan la mitad si mantienen su apoyo durante tres o más ejercicios consecutivos. Además, en las empresas el límite también es más alto. Las empresas pueden donar hasta un 15% de la base imponible del impuesto de sociedades con derecho a deducción. Y además, si exceden ese límite, las cantidades donadas en exceso pueden ser deducidas en los 10 ejercicios posteriores. O sea que es una deducción muy alta y muy flexible.
¿y todo lo demás funciona igual en cuanto a qué tiene que hacer una empresa para asegurarse de que reciba la deducción fiscal?
Sí, te diría que la única diferencia inicial es que las empresas normalmente necesitan algún tipo de documento para poder registrar la de donación. Entonces, nosotros, en cuanto a una empresa dona, en la cuenta de la empresa, en nuestra web, es descargable un recibo de la donación, que ya es lo que necesita para poder contabilizarla. A partir de ahí, todo es exactamente igual. Nosotros, a principios de año, comunicamos automáticamente a Hacienda todas las donaciones, y Hacienda ya tiene esos datos. Enviamos en la primera semana de febrero, perdón, que antes dije finales de enero, el certificado anual de donaciones y el contable de la empresa, con toda esta información, poder aplicar la deducción correctamente en en la declaración del impuesto de sociedades.
Vale, muy beneficioso entonces también. Un motivo más para que las empresas donen. Y lo que a mí me resulta muy curioso es que realmente es muy beneficioso y cuesta la mitad solo, Pero al ser una devolución, en vez de tener como el descuento en el momento, es como que intuitivamente resulta un poco menos atractivo o se aprovecha mucho menos. Yo me imagino que si la reducción fuese en En el momento que tú haces la donación, mucha más gente lo aprovecharía. Es curioso.
Sí, así es, pero bueno, yo creo que Hacienda siempre cobra y devuelve después, pero la deducción es absolutamente real. Entonces, creo que justo en la ayuda efectiva siempre promovemos la donación racional. Pues bueno, parte de esa donación racional es darse cuenta de que el coste es menor del que parece, porque la deducción en la cuota es muy importante. Y aunque finalmente la veamos en en junio del año siguiente, al hacer la declaración, la deducción está ahí y reduce nuestro coste, lo que nos permite o bien donar más con el mismo coste para nosotros o que la donación que previamente íbamos a hacer nos cueste mucho menos de lo que parecía inicialmente.
Sí, de hecho hay una iniciativa que se llama Redona, que como que trabaja un poco en intentar sacarle provecho a esta deducción.
Sí, claro, hay una idea promovida por Redona que es: Oye, ¿qué pasaría si esa cantidad que Hacienda te devuelve, tú la redonas, la reinviertes en donaciones al año siguiente? Entonces, si además combinas esto con tus donaciones habituales, lo cierto es que puedes acabar donando con un coste cero para ti, una cantidad mucho mayor de lo que parecía. Si te planteas que esa devolución es una cantidad que puedes reinvertir para ayudar a los demás de forma efectiva.
Vale, pues yo creo que hemos tocado los puntos más importantes. Es también un tema así fiscal que igual para algunas personas se hace un poco pesado. Así que a no ser que creas que nos hemos dejado algún punto o pregunta importante, quizás ya lo podemos dejar aquí.
Yo creo que hemos tratado todo lo importante, insisto en la idea de consultar a un fiscalista, sobre todo para donaciones significativas. Pero en cualquier caso, nosotros también siempre estamos disponibles y a través del formulario de contacto de nuestra web, podemos atender dudas de nuestros donantes y lo hacemos encantados.
Perfecto. Y repetir otra vez que en la página ayudaefectiva.org/deduccion también pueden encontrar mucha información.
Perfecto.
Pues muchas gracias, Pablo.
Nada, gracias a ti, Joan, y espero que haya resultado útil para la gente que nos escucha.
Adiós.
¡, por favor!